BENEFICIOS AL MATRICULADO
Subsidios y Créditos
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Fondo de asistencia al matriculado
Tiene como finalidad y objetivo asistir a los profesionales matriculados habilitados con subsidios para atender erogaciones no reintegrables por nacimiento y adopción de sus hijos, por incapacidad del matriculado habilitado que imposibilite su ejercicio profesional en forma temporaria o definitiva y/o por su fallecimiento.
Para ser beneficiario del otorgamiento de los subsidios, el matriculado habilitado deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a- Poseer una antigüedad mayor a 2 años de matriculado en el CAPSF b- Revestir la categoría de “Profesional Habilitado” al momento de solicitar el beneficio c- Haber sido “Profesional Habilitado” en los 2 años anteriores y/o en 3 años alternados d- No registrar deudas ni obligaciones pendientes de ninguna naturaleza con el CAPSF e- No haber sido sancionado por el Tribunal de Ética y Disciplina. f- Presentar el trámite dentro de los 90 días corridos de trascurrido el hecho (En el caso de tener que adjuntar DECLARATORIA DE HEREDEROS se amplía el plazo a 360 días)
Subsidio por fallecimiento de un matriculado – $11.250 (Once Mil Doscientos Cincuenta) Formulario
Nota solicitando el subsidio firmada por el o los beneficiarios.
Partida fallecimiento legalizada o autenticada por un directivo del CAPSF
Designación de beneficiarios si la hubiese o DECLARATORIA DE HEREDEROS legalizada o autenticada por un directivo del CAPSF
Subsidio por nacimiento y adopción – $ 1.500 (Mil Quinientos) Formulario
– SUBSIDIO POR NACIMIENTO
Formulario del CAPSF. Si ambos padres son arquitectos deberán firmar el mismo formulario ya que el subsidio se paga por hijo.
Partida de nacimiento legalizada o autenticada por directivo de Distrito.
– SUBSIDIO POR ADOPCIÓN
Formulario del CAPSF. Si ambos padres son arquitectos deberán firmar el mismo formulario, ya que el subsidio se paga por hijo.
Constancia legalizada de ADOPCIÓN DEFINITIVA o de GUARDA JUDICIAL expedida por el Juzgado correspondiente legalizada o autenticada por un directivo del CAPSF.
En el caso de ADOPCIÓN DEFINITIVA presentar declaración jurada que no cobró el subsidio por GUARDA JUDICIAL
Subsidio por incapacidad temporal o definitiva del matriculado – $9.375 (Nueve Mil Trescientos Setenta y Cinco) Formulario
Formulario de subsidio de INCAPACIDAD.
Estudios e historia médica que acrediten la imposibilidad del matriculado para desarrollar tareas profesionales durante un lapso de tres meses como mínimo. No podrá peticionar otro subsidio por la misma causa.
El pago del subsidio quedará pendiente del Informe que presente la Junta Médica que convoque el CAPSF para cada oportunidad.
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Fondo de Asistencia para Capacitación
Ayudas no reintegrables para capacitación hasta $1.875 (Son pesos Mil Ochocientos Setenta y Cinco). Para eventos a realizarse en la ciudad de residencia del matriculado se pagará el costo de inscripción al evento hasta la suma máxima de $1.875 (Son pesos Mil Ochocientos Setenta y Cinco) de acuerdo al comprobante presentado. Para eventos en los cuales el matriculado tenga que trasladarse y abonar viáticos se contribuirá con la cifra fija de $1.875 (Son pesos Mil Ochocientos Setenta y Cinco) por todo concepto.
En caso de solicitarse AYUDA ECONOMICA no reintegrable para capacitación, el matriculado habilitado deberá:
a- Poseer una antigüedad mínima de 2 años de matriculado b- Revestir la categoría de «Profesional Habilitado» al momento de solicitar el beneficio. c- No registrar deudas ni obligaciones pendientes de ninguna naturaleza con el CAPSF. d- No haber sido sancionado por el Tribunal de Ética y Disciplina. e- No haber gozado de dicho beneficio durante el año en el cual presente la solicitud. f- Presentar el trámite COMPLETO, dentro de los 30 días posteriores a la capacitación.
Para ser beneficiario, el matriculado habilitado deberá adjuntar la siguiente documentación
ANTES DE REALIZAR LA CAPACITACIÓN
a- Formulario del CAPSF (formulario) b- Comprobante INSCRIPCIÓN ORIGINAL que reúna los requisitos legales vigentes.
DENTRO DE LOS 30 DÍAS DE FINALIZADA LA CAPACITACIÓN
a- Certificado de asistencia legalizado o autenticada por un directivo del CAPSF. b- Presentar una conclusión de la temática de la capacitación realizada, para publicar en la WEB www.capsf.org.ar, a los efectos de compartir con la matrícula los conocimientos adquiridos.
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Créditos Especiales para Matriculados
Este Directorio sostiene las políticas solidarias de asistencia, promoviendo acciones tendientes a asegurar a la matrícula, una adecuada seguridad económica y social.
Los Préstamos a otorgar en esta nueva etapa tendrán las siguientes características:
Consideraciones especiales
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