DESTRUCCIÓN DE EXPEDIENTES CADUCOS Y PRESCRIPTOS

IMPORTANTE

Tomando en cuenta las disposiciones del Código Civil y Comercial, se impone la necesidad de disponer la destrucción de todos y cada uno de los expedientes que hayan prescripto o caducado en atención a los plazos conferidos por las normas legales imperativas, en tanto y en cuanto la preservación de dicha documentación se torna obsoleta.

Por lo cual el Directorio Superior Provincial del Colegio de Arquitectos de la provincia de Santa Fe, a través de su RESOLUCIÓN DSP – CAPSF N° 602/20, que entra en vigencia a partir del 8/7/2020, resuelve que:

– Todos los expedientes tramitados ante el ex Concejo de Ingenieros, por profesionales de la arquitectura y que se encuentren en poder de los archivos del colegio provincial, serán destruidos como consecuencia de haber caducado y prescripto, en el plazo de treinta (30) días corridos contados a partir de la publicación del presente (14/8/2020).   

-Todos los expedientes tramitados ante el Colegio de Arquitectos de la provincia de Santa Fe y sus distritos, cuyas tareas profesionales hayan finalizado con el correspondiente otorgamiento del final de obra y/o plano conforme a obra, al 31 de diciembre de 2009, serán destruidos como consecuencia de haber caducado y prescripto, en el plazo de treinta (30) días corridos contados a partir de la publicación del presente (14/8/2020).   

 – Todos los expedientes tramitados ante el Colegio de Arquitectos de la provincia de Santa Fe y sus distritos, cuyas tareas profesionales hayan finalizado con el correspondiente otorgamiento del final de obra y/o plano conforme a obra, iniciados después del mes de agosto de 2015, prescribirán y caducarán a los cinco (5) años de la finalización y cierre de los mismos, atento las nuevas disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación.

Aquellos profesionales de la arquitectura que quieran recuperar los expedientes citados en alguno de los puntos anteriores, deberán presentar nota ante los colegios de distrito acreditando la titularidad de la visación colegial.

De lo contrario, el próximo 14/8/2020, transcurrido el plazo de treinta (30) días corridos contados a partir de la vigencia de la presente resolución, su material físico será destruido, sin que pueda generarse derecho a reclamo alguno.

 

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NOTA TIPO EL PEDIDO DE EXPEDIENTES CLICK AQUI 
El trámite se realiza a través de la Mesa de Entradas del Colegio (matriculacion@cad2.org.ar).
La nota tipo que debe estar firmada por el o los profesionales titulares de los expedientes que se solicitan.
La solicitud se puede enviar por mail pero al momento del retiro seguro el titular deberá presentarse y traer esta nota firmada en original.