Pago de año completo de Aporte Jubilatorio
Resolución Nº 450
Estimado Profesional:
Informamos que el Directorio de esta Institución ha dictado la Resolución Nº 450, que deroga la Resolución Nº 1272/J del año 1989 la cual dejaba librada a la decisión del profesional el pago de los aportes jubilatorios desde el inicio del ejercicio profesional o desde su habilitación de matrícula.
La nueva normativa, vigente desde el 02/01/2017, establece la obligatoriedad del pago de los aportes personales jubilatorios por año completo independientemente de la fecha en la cual el profesional haya habilitado su matrícula.
Es oportuno destacar que esta nueva resolución (pago completo los 12 meses del año) contribuye a garantizar la sumatoria de períodos necesarios para gestionar oportunamente el beneficio previsional.
Cordialmente,
Área Jubilaciones
LA CAJA