Resolución DSP-CAPSF Nº 619/21

Mediante la Resolución DSP-CAPSF Nº 619/21 del 24/02/21, el Directorio Superior del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe establece  un convenio de pago de aportes por tareas profesionales convenidas para abonar los aportes colegiales en cuotas con cheques.

Dicha Resolución regirá para todos los convenios que se formalicen a partir del 01/03/2021

Condiciones:

Art. 1º – Autorizar a los Distritos a formalizar Convenios de Pago de Aportes por tareas profesionales con los matriculados habilitados del CAPSF, en las condiciones que se establecen en la presente Resolución.

Art. 2º – Fijar el aporte al Colegio de Arquitectos por las tareas convenidas en el 5% (cinco) del monto de aplicación que éste establece.

Art. 3º- Establecer como condición indispensable para la formalización de los mismos, que el profesional habilitado manifieste fehacientemente su voluntad de suscribirlo, rubricando con su firma el convenio correspondiente, junto con la del Presidente y el Tesorero del Distrito con jurisdicción en su domicilio profesional.

Art. 4º – Requerir que la cancelación de las respectivas cuotas se realice mediante la entrega de cheques de pago diferido, cuyos vencimientos coincidan con los establecidos para cada una de las cuotas concertadas o a través de cheques electrónicos (e-check). Los valores deberán ser emitidos por el Profesional, a nombre del “Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe NO A LA ORDEN”.

Art. 5º – Si los valores son librados por el comitente deberán ser emitidos igualmente a nombre del “Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe NO A LA ORDEN”.

Art. 6º – Fijar las siguientes condiciones que regirán para todos los convenios que se formalicen a partir del 01/03/2021:

a) Se aplicará una tasa de interés que surja del promedio de la tasa pasiva por inversiones en plazo fijo en pesos entre el Banco Santa Fe y el Banco Credicoop; que será actualizada mensualmente.

b) Se agregará a la primera cuota un 2% del valor convenido, en concepto de gastos administrativos

c) No se exigirá un valor mínimo para las cuotas.

d) Tendrán una cantidad máxima de 6 (seis) cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Si el monto de aportes fuera igual o superior a diez (10) veces el número base, a solicitud del profesional podrá estudiarse la posibilidad de ampliar hasta doce (12) el número de cuotas, reservando esta potestad a los Directorios de los Distritos.

e) Se delega a los distritos la responsabilidad de coordinar la logística administrativa que demande el trámite y cumplir con el procedimiento administrativo que implemente el DSP.

Procedimiento para Convenio de Pago de Aportes por Tareas Profesionales:

1. El PROFESIONAL, a través de un trámite web en el GesTO: >>>Otros Trámites de Expedientes>>>Nro. De Expediente >>>Trámite – Elegir: >>Revisión del expediente y Documentos digitales>>, comunica la intención de formalizar un “Convenio de Pago de Aportes por Tareas Profesionales en XX cuotas, mail ……, celular Nro. (Prefijo) 15 ……”. Estos datos son necesarios para poder establecer contacto posterior.

2. El VISADOR asignado al expediente verifica que cumpla con las condiciones establecidas, confecciona la planilla de cálculo de cuotas según la solicitud del profesional, y la anexa como documento digital al expediente. En los eventos y observaciones indica al profesional que descargue la planilla de cálculo de cuotas para tomar conocimiento del valor de las mismas. Da curso al trámite enviado por el profesional.

3. El PROFESIONAL, habiendo descargado la planilla de cálculo de cuotas y tomado conocimiento de las mismas, debe prestar su conformidad generando OTRO trámite web.

4. El VISADOR responde el trámite web e informa en los eventos y observaciones del expediente que “La Tesorería del Distrito se pondrá en contacto para formalizar el convenio correspondiente.”

5. La TESORERÍA de DISTRITO se comunicará con el profesional, vía correo electrónico, enviando el Modelo de Convenio a suscribir y solicitará al profesional, para su confección definitiva, comunique la fecha estimada de firma del mismo, debido a que de ello depende la fecha del primer cheque y los restantes.

6. El PROFESIONAL, previo ponerse de acuerdo con la TESORERIA de DISTRITO, deberá enviar a la misma los datos de cada cheque: fecha, número, BANCO e importe, para la confección definitiva del Convenio de Pago que suscribirán el/los profesionales y el Presidente y Tesorero del Distrito.

Se firmarán dos (2) ejemplares, uno para el CAD y otro para el profesional.

RESOLUCIÓN COMPLETA (CLICK AQUI)