TORRES DE PERIMETRO LIBRE ORDENANZA 10813
CONCEJO MUNICIPAL ROSARIO TORRES DE PERIMETRO LIBRE ORDENANZA 10813
En fecha 04 de Setiembre del 2025 Consejo Municipal promulga la Ordenanza 10813 avalando la posibilidad de construir torres de hasta 120 Ms de altura en áreas centrales de Rosario. Con la figura ya legalizada, esta tipología se podrá construir dentro del primer anillo perimetral al área central (Bv. Oroño, Avda. Pellegrini y el Rio Paraná), en corredores urbanos y en el Frente de Renovación Urbana Rondeau.
La Ordenanza determina su exclusiva aplicación en parcelas entre 1000 y 5000 M2, fijando retiros en los deslindes de las mismas y retiros de línea de edificación; dejando abierta la posibilidad de evaluar por la CEPU (Comisión Evaluadora de Proyectos Urbanos) proyectos que superen los 100 Ms. de altura hasta el máximo de 120 Ms., además de otras consideraciones reglamentarias, en materia medioambiental y de uso del suelo. Como Comisión de Urbanismo del CAD2 entendemos que Rosario necesita de una Planificación Urbana que contenga la ciudad construida y su proyección liderando su conurbano local y regional.
Que los inconvenientes hoy manifiestos en el congestionamiento de sus vías de circulación, su tipo de movilidad, las concentraciones poblacionales de sus barrios, se irán incrementando, con la aplicación de esta normativa, sumándose a los hoy problemas ambientales con sus consecuencias inmediatas en congestión y contaminación del medioambiente.
Ya hoy padecemos colapsos en infraestructuras de servicios básicos: agua potable, red de gas natural y energía eléctrica; que incrementarse la ocupación en áreas ya construidas solo agravarían esta situación.
No es una cuestión de estar a favor o en contra, sino tal vez en pensar en normativas más dinámicas, con la participación del Estado junto al compromiso de sus Entidades intermedias y sus Colegios Profesionales.
“No nos definen las palabras….lo hacen los hechos…”
COMISION DE URBANISMO CAU D2
Octubre 2025