Rosario, 22 de Octubre de 2025

MINISTERIO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICODE LA PROVINCIA DE SANTA FE
Ministro Sr Enrique Estevez Boero

S/D

                                                          Con la mayor consideración:

                                                                                                     Nos dirigimos a Ud desde la Comisión de Urbanismo del Colegio de Arquitectos de Rosario, Cad2, con el fin de transmitirle nuestra preocupación, sobre una nueva realidad que surge actualmente en la Región Metropolitana de Rosario.

            Podemos definir dicha Región como el territorio cuyos límites son el Rio Paraná, y un semicírculo alrededor de Rosario, con un radio aproximado de 30 kms.

            En este territorio hace unos años comenzaron los loteos de Barrios privados, que conviven con las áreas rurales que permanecen entre ellos.

            Estas áreas rurales pueden considerarse espacios productivos para la horticultura, la agricultura, ganadería, etc., y en ellas se realizan fumigaciones, que están reglamentadas por las Ley Provincial N° 11.273, del año 1995, la cual en su Art 33, establece que se prohíbe aplicar fitosanitarios de clase toxicológica A y B dentro del radio de 3.000 mts de los límites de las plantas, y excepcionalmente los de clase toxicológica C y D dentro del radio de 500 mts de las mismas.

            Excepcionalmente podrán aplicarse productos, cuando en la jurisdicción exista Ordenanza municipal o comunal que lo autorice.

            También menciona la exigencia de la presencia de un ingeniero agrónomo, que evalúe las condiciones climáticas del día en que se realiza la fumigación.

            Existen también quejas de vecinos de la Ciudad de Roldán, que declaran que se fumiga a 100 ms de la planta urbana.

            Por lo antedicho, sugerimos a v/Ministerio revisar las distancias de fumigación, eliminando decisiones y normativas de comunas y municipios, por lo que consideramos que la Ley Provincial rija para los 365 centros urbanos de nuestra Provincia, dado que hay Comunas de escasa población, con ausencia de equipos técnicos, que no pueden establecer decisiones en estos aspectos.

            Creemos que una Ley Provincial unificada, sin normativas locales diferentes, sería lo más correcto, reforzando también los controles de su aplicación que a este Ministerio le compete.

            Saludamos a Ud atentamente.

                                                                                 Miembros de Comisión de Urbanismo
                                                                               Colegio de Arquitectos de Rosario – Cad2