Subsidios

Fondo de Asistencia al Matriculado/a

Tiene como finalidad y objetivo asistir a los profesionales matriculados/as habilitados/as con subsidios para atender erogaciones no reintegrables por nacimiento y adopción de sus hijos, por incapacidad del profesional habilitado/a que imposibilite su ejercicio profesional en forma temporaria o definitiva y/o por su fallecimiento.

Para ser beneficiario del otorgamiento de los subsidios, el matriculado/a habilitado/a deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Revestir la categoría de “Profesional Habilitado/a” al momento de producirse el hecho que puede dar origen al acceso del beneficio.

b) No registrar deudas ni obligaciones pendientes de ninguna naturaleza en el CAUPSF.

c) No haber sido sancionado por el Tribunal de Ética y Disciplina.

d) Presentar el trámite dentro de los 90 días corridos de transcurrido el hecho. En el caso de tener que adjuntar DECLARATORIA DE HEREDEROS se amplía el plazo a 360 días.

Los importes se calcularán de acuerdo a la cantidad de MÓDULOS establecidos.

Valor del módulo = al 25% del Número Base.

Subsidio por fallecimiento de un matriculado/a – OCHO ( 8 ) MÓDULOS 
Nota solicitando el subsidio firmada por el o los beneficiarios/as.
Partida fallecimiento legalizada o autenticada por un directivo/a del CAUPSF
Designación de beneficiarios si la hubiese o DECLARATORIA DE HEREDEROS legalizada o autenticada por un directivo del CAUPSF

Subsidio por nacimiento y adopción – TRES ( 3 ) MÓDULOS 
– SUBSIDIO POR NACIMIENTO
Formulario del CAUPSF. Si ambos padres son arquitectos/as deberán firmar el mismo formulario ya que el subsidio se paga por hijo.
Partida de nacimiento legalizada o autenticada por directivo/a de Distrito.

– SUBSIDIO POR ADOPCIÓN
Formulario del CAUPSF. Si ambos padres son arquitectos/as deberán firmar el mismo formulario, ya que el subsidio se paga por hijo.
Constancia legalizada de ADOPCIÓN DEFINITIVA o de GUARDA JUDICIAL expedida por el Juzgado correspondiente legalizada o autenticada por un directivo/a del CAUPSF.
En el caso de ADOPCIÓN DEFINITIVA presentar declaración jurada que no cobró el subsidio por GUARDA JUDICIAL

Subsidio por incapacidad temporal o definitiva del matriculado/a – SEIS ( 6 ) MÓDULOS 
Formulario de subsidio de INCAPACIDAD.
Estudios e historia médica que acrediten la imposibilidad del matriculado/a para desarrollar tareas profesionales durante un lapso de tres meses como mínimo. No podrá peticionar otro subsidio por la misma causa.
El pago del subsidio quedará pendiente del Informe que presente la Junta Médica que convoque el CAUPSF para cada oportunidad.



Incentivo para Publicaciones, Eventos, Actividades Culturales, Intelectuales y Artística  

RESOLUCIÓN CAd2 – N° 01-17 (06/06/2017)




Fondo de Asistencia para Capacitación

Para eventos a realizarse en la ciudad de residencia del profesional, se pagará el costo de inscripción al evento hasta la suma representada por DOS (2) MÓDULOS de acuerdo al comprobante presentado.

Para eventos en los cuales el o la profesional tenga que trasladarse y abonar viáticos se contribuirá con el importe equivalente a DOS (2) MÓDULOS por todo concepto.

En caso de solicitarse AYUDA ECONOMICA no reintegrable para capacitación, el matriculado/a habilitado/a deberá:

a- Poseer una antigüedad mínima de 2 años de matriculado/a
b- Revestir la categoría de «Profesional Habilitado/a» al momento de solicitar el beneficio.
c- No registrar deudas ni obligaciones pendientes de ninguna naturaleza con el CAUPSF.
d- No haber sido sancionado/a por el Tribunal de Ética y Disciplina.
e- No haber gozado de dicho beneficio durante el año en el cual presente la solicitud.
f- Presentar el trámite COMPLETO, dentro de los 30 días posteriores a la capacitación.

Para ser beneficiario, el matriculado/a habilitado/a deberá adjuntar la siguiente documentación
a- Formulario del CAUPSF
b- Comprobante INSCRIPCIÓN ORIGINAL que reúna los requisitos legales vigentes.
c- Certificado de asistencia legalizado o autenticado por un directivo/a del CAUPSF.