ASISTENCIA TÉCNICA GRATUITA PARA EL DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES

Presentación de Proyecto

El Colegio de Arquitectos de la provincia de Santa Fe, Distrito 2 Rosario, conjuntamente con Diputados provinciales de diferentes bloques presentó en la Cámara de Diputados de la Provincia,  un proyecto para garantizar el derecho de las familias de bajos ingresos a la asistencia técnica, pública y gratuita, para el diseño y la construcción de viviendas de “interés social”; como parte del derecho social de la vivienda previsto en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el artículo 21 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe.

Las comisiones de Vivienda y Urbanismo, de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, estudian el Proyecto de Ley (Expediente 32660 CD-DB), que presentó el Diputado Eduardo Di Pollina (PS-FPCS),  con el acompañamiento de sus pares Alejandro Boscarol (UCR-FPCS), Alicia Gutiérrez (SI-FPCS), Rubén Galassi (PS-FPCS) y Mercedes Meier (FSP), y el Colegio de Arquitectos de la provincia de Santa Fe, Distrito 2 Rosario,   para su tratamiento a partir del 1º de mayo de 2017, cuando se inicie el  Período Ordinario de Sesiones, por el cual se garantiza el derecho de las familias de bajos ingresos a la asistencia técnica, pública y gratuita para el diseño y la construcción de viviendas de “interés social”.

 Serán beneficiarias las familias que demuestren tener propiedad sobre el terreno en el que se realizará la construcción de la vivienda de interés social, el cual puede ser propio o de familiar directo; y cuyos ingresos mensuales totalicen hasta tres (3) salarios mínimos vitales y móviles, que habiten en zonas urbanas o rurales.

 El derecho público y gratuito a la asistencia técnica abarca el trabajo de anteproyecto y proyecto, dirección técnica y ejecución de la obra realizados por profesionales de la arquitectura, el urbanismo, técnicos constructores y la ingeniería necesarios para la construcción, renovación, ampliación o regularización de la vivienda.

 Se crea el Servicio Público de Asistencia Técnica Profesional para el proyecto, dirección y ejecución de la vivienda social, en el ámbito de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, que es la autoridad de aplicación de esta Ley. La asistencia técnica es gratuita y se proporcionará a las personas que se inscriban en el registro que se habilitará al efecto, al que también accederán cooperativas, asociaciones civiles, de vecinos u otros grupos organizados que los representen.

Se instrumentará la creación de órganos colegiados municipales y comunales con representación igualitaria entre representantes del gobierno y la sociedad civil a los efectos de la selección de los beneficiarios finales para el servicio directo de la asistencia técnica. Con el fin de evitar la superposición y optimizar los resultados, se coordinará con otros organismos oficiales de cualquier jurisdicción la planificación y ejecución de las iniciativas para determinar las zonas declaradas de interés social.