¿Qué es el CAU D2?

QUIÉNES SOMOS

En 1991, con la sanción de la Ley provincial N.º 10.653, se crea nuestro colegio profesional con la finalidad de regular la actividad. Se trata de una persona jurídica de derecho privado y posee funciones públicas delegadas por el gobierno santafesino.

Para conocer en forma general el funcionamiento de nuestra institución es necesario integrar esta ley con su reglamentación, con el Estatuto de nuestro colegio y con el Código de Ética Profesional.

En su artículo 2° la ley define qué debe entenderse como ejercicio de la profesión, detallando las tareas contempladas y, a continuación, especifica dos condiciones para hacerlo: poseer título matriculación (art. 3°).

Asimismo, la norma establece que solo mediante la matriculación los y las profesionales podrán ejercer la actividad así regulada (art. 7°) y cuáles son los requisitos para la misma.

Finalmente, pone en manos del Colegio de Arquitectura y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe la tarea exclusiva de llevar el Registro de la matrícula profesional y de la inscripción anual.

La organización territorial dispone la creación de 6 distritos, con asiento en Santa Fe, Rosario, Venado Tuerto, Rafaela, Casilda y Reconquista, enumerando en cada caso las localidades y comunas incluidas en su esfera de competencia.

El Colegio de Distrito Nro. 2, con sede en la ciudad de Rosario, tendrá competencia territorial sobre el siguiente

La totalidad de los “fines y objetivos” de la institución se establecen en el artículo N.º 40.

A su vez, dispone que los órganos de gobierno de la institución son:

  • La Asamblea General de matriculados/as
  • El Directorio Superior del Colegio de la provincia
  • La Comisión Revisora de Cuentas
  • El Tribunal de Ética y Disciplina.

Y prevé para gobierno de los Distritos:

  • La Asamblea de matriculados/as distritales
  • El Directorio de Distrito.

Es importante aclarar que la 34° Asamblea General Ordinaria de Matriculados, realizada en 2022, decidió modificar el nombre de la institución por el actual de “COLEGIO DE ARQUITECTURA Y URBANISMO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE”, y promover distintas modificaciones a la ley vigente las que, una vez aprobadas, serán elevadas a la legislatura provincial para su tratamiento.